Europa vela por los descansos de los conductores

Europa vela por los descansos de los conductores

En el mundo del transporte por carretera y los descansos aplicables a los conductores, no han cambiado las reglas del juego, por el momento. La normativa vigente hasta la fecha en materia de descansos es el REGLAMENTO (CE) nº 561/2006  DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 de marzo de 2006.

Pero entonces, ¿qué ha pasado?

Hagamos una retrospectiva para tratar de entender qué es lo que está sucediendo en el mundo del transporte por carretera.

La normativa aplicable a día de hoy, define una serie de intervalos de tiempos máximos de conducción, así como periodos mínimos de descansos diarios y semanales. Pero, centrémonos en estos últimos, los descansos semanales, pues son estos los que están siendo noticia durante el último año.

En el reglamento, el descanso semanal se define como el periodo en el cual el conductor puede disponer de su tiempo libremente. Este periodo de descanso, deberá comenzar antes de que concluya el sexto día de trabajo consecutivo desde el anterior periodo de descanso semanal.

Y… ¿de cuánto tiempo disponen para descansar?

Si bien es cierto que, cumpliendo unos requisitos, en algunas ocasiones, el descanso semanal puede durar entre 24 y 45 horas (descanso semanal reducido); los descansos semanales ordinarios han de tener una duración de al menos 45 horas.

Resultado de imagen de Esquema aplicable a los descansos semanales

Ilustración 1: Esquema aplicable a los descansos semanales. Fuente: Ministerio de Fomento.

 

Y… ¿Dónde han de realizarse?

¡Ajá! He aquí el quid de la cuestión.

 

“Hecha la ley, hecha la trampa”

El reglamento citado indica lo siguiente: Cuando el conductor elija hacerlo, los períodos de descanso diarios y los períodos de descanso semanales reducidos tomados fuera del centro de explotación de la empresa podrán efectuarse en el vehículo, siempre y cuando éste vaya adecuadamente equipado para el descanso de cada uno de los conductores y esté estacionado.

En consecuencia, de este texto se ha de deducir que los descansos semanales ordinarios no pueden realizarse en la cabina del camión. Han de hacerse en sitios adecuados que garanticen el descanso de los conductores, que cumplan con unos requisitos mínimos de confort e higiene. Es decir, hoteles, hostales, etc.

El resultado de que no estuviera citado textualmente cuál es el lugar idóneo para realizar este tipo de descansos, era que más de un conductor realizaba los descansos superiores a 45 horas en las camas o literas de los vehículos.

Por ello, el pasado año, la Unión Europea presentó en mayo una propuesta de modificación del reglamento actual. Entre otros, puede encontrarse un párrafo en el cual se prohíbe explícitamente la realización de los descansos semanales ordinarios en el vehículo. Además, recoge la obligación del empresario de ofrecer un alojamiento adecuado al conductor, en el caso de que éste no pueda realizar el descanso semanal de más de 45 horas en su vivienda.

 

“Cuando las barbas de tu vecino veas cortar, pon las tuyas a remojar”

En Bélgica, tras la puesta en marcha del real decreto en el cual se prohibía la realización de los descansos superiores a 45 horas en cabina, en agosto de 2014, la empresa belga de transporte, Vaditrans, interpuso ante el Raad van State (Consejo de Estado de Bélgica) un recurso de anulación de dicho real decreto. Este último, solicitó la aclaración del reglamento al TSJU (Tribunal de Justicia de la Unión Europea) con el objeto de conocer si dicho reglamento prohíbe la interposición de sanciones en estos casos.

En su sentencia de diciembre de 2017, el TSJU dictaminó la legalidad de las acciones llevadas a cabo por el Gobierno Belga. Recordó al resto de Estados miembros, además, que son ellos los que han de definir las sanciones apropiadas para los empresarios que no cumplan el reglamento, así como establecer los medios para asegurar la aplicación de las mismas.

Por lo tanto, si algún Estado está “libre” de sanción, es solo cuestión de tiempo. Los descansos semanales ordinarios en cabina tienen los días contados.



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